A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Veintiuno Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Santiago de Cali.
Este asunto se inició cuando en el marco de la audiencia de formulación de acusación que se llevó a cabo en el precitado despacho, en contra de dos ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de concusión, prevaricato por acción y falsedad ideológica en documento público, el apoderado de uno de los implicados solicitó al juzgado declarar su falta de competencia, en la medida en que la actuación en contra de su representado se desprendió de la funcionalidad como patrulla de la policía, por lo cual la competencia correspondía a la jurisdicción penal militar.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento sobre el particular, en la medida en que se incumplió con el primero de los precitados requisitos.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Veintiuno Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Santiago de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en su trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada frente a la competencia dentro de la causa penal con radicado No. 760016000199201800684.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1160 al Juez Veintiuno Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Santiago de Cali (Valle del Cauca) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.